lunes, 24 de diciembre de 2018

MONOTRIBUTO 2019

Afip dio a conocer la nueva tabla para las categorías monotributistas que regirá desde el 01/01/2019. La actualización en los valores fue de un 28,48% respecto 2018.
En cuanto a la recategorización será en enero y deberá realizarse con los nuevos valores.

martes, 11 de diciembre de 2018

MONOTRIBUTO. NUEVA MODALIDAD DE ADHESIÓN DÉBITO AUTOMÁTICO

A partir del 11/12/2018, los monotributistas que opten por el débito automático en cuenta bancaria para el pago de su obligación mensual,  podrán gestionar dicha adhesión a través del portal web de AFIP, previo declarar la CBU de la cuenta corriente o de la caja de ahorro.

miércoles, 17 de octubre de 2018

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR CUIT POR INTERNET

Estos sos los pasos para que personas humanas que tengan DNI argentino y CUIL o CDI puedan tramitar la CUIT por internet, sin necesidad de ir a la agencia de AFIP, como hasta ahora. Esto está vigente desde hoy 17/10.

1) Ingresar a “Inscripción Digital”, en la página web de AFIP, cargando su número de CUIL O CDI.

2) Cargar los datos del domicilio real, del domicilio fiscal, de la dirección de correo electrónico y del número de teléfono.

3) Adjuntar en archivo digital legible:- DNI, frente y dorso.- foto color del rostro, en fondo claro y de frente, sin lentes u otros objetos que tapen la cara u orejas.- una constancia de domicilio (solo el domicilio fiscal no coincide con el del DNI).

4) Dar de alta el domicilio fiscal electrónico y enviar la solicitud y los archivos del punto anterior para que el sistema valide la información.

No dude en consultar sus inquietudes.

Dra. Valeria Pereira

domingo, 5 de agosto de 2018

FACTURA ELECTRÓNICA OBLIGATORIA MONOTRIBUTISTAS

AFIP estableció que los monotributistas deberán dejar de emitir factura y/o recibo de forma manual, tornando obligatoria la utilización de comprobantes electrónicos y/o controladores fiscales;

QUIENES EMITAN FACTURAS A CONSUMIDOR FINAL; a partir del 1/4/2019.

QUIENES EMITAN FACTURAS A RESPONSABLES INSCRIPTOS / OTROS MONOTRIBUTISTAS / IVA EXENTOS SEGÚN EL CRONOGRAMA;

* Categorías F a K - 6 de Agosto de 2018

* Categoría E - 1 de Octubre de 2018

* Categoría D - 1 de Diciembre de 2018

* Categoría C - 1 de Febrero de 2019

* Categoría B - 1 de Marzo de 2019

* Categoría A - 1 de Abril de 2019

jueves, 12 de julio de 2018

PRÓRROGA EN LAS DECLARACIONES DE GANANCIAS Y BIENES DEL 2017

AFIP prorrogó el plazo de presentación de las declaraciones juradas de ganancias y bienes personales para las personas humanas y sucesiones indivisas por el año fiscal 2017.
Estas serán las nuevas fechas de vencimiento, según la terminación del número de CUIT del responsable: 


sábado, 7 de julio de 2018

ELIMINACIÓN DE FACTURAS EN FORMATO PAPEL

AFIP dispuso que aquellos responsables inscriptos que aún utilizan las facturas en formato papel comienzan a dejar de utilizarlas a partir del 1/8/2018, mientras que los monotributistas y exentos en el IVA, el proceso de eliminación de las facturas en formato papel será a partir del 1/10/2018

lunes, 2 de julio de 2018

RECATEGORIZACIÓN SEMESTRAL VENCE EL 20/7/18

A partir de las modificaciones que se establecieron con la última reforma tributaria, las recategorizaciones del Monotributo pasaron a ser semestrales; y ya no cuatrimestrales como lo eran anteriormente. Los contribuyentes tendrán plazo hasta el 20/7/2018 para realizar la primera recategorización semestral. 

jueves, 21 de junio de 2018

SISTEMA ÚNICO TRIBUTARIO (RG AFIP 4263)

AFIP ha creado el Sistema Único Tributario que permitirá la unificación de los trámites tributarios nacionales (Afip) y de las administraciones tributarias provinciales (Agip, Arba, Rentas de Cordoba, etc.) que adhieran al mismo. Será, en principio, para los Monotributistas y estará vigente desde el 01/07/2018.

Por el momento, la Provincia de Córdoba ya adhirió al Sistema y se espera la incorporación de más jurisdicciones.

Cuando se den de alta en el monotributo (a través del “Nuevo Portal para Monotributistas”); los nuevos contribuyentes deberán declarar su condición frente al impuesto sobre los ingresos brutos y a la contribución municipal y/o comunal que incide sobre su actividad comercial, industrial y de servicios.

En dicha alta, el sistema emitirá una constancia y la credencial para el pago, que contendrá: el impuesto integrado; los aportes jubilatorios y a la obra social, de corresponder; el impuesto sobre los ingresos brutos del régimen simplificado provincial; la contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios, (en caso que el municipio o comuna haya celebrado con la Provincia un Convenio de Colaboración para la recaudación de dicho tributo).

Los monotributistas ya inscriptos en el monotributo nacional y provincial serán incorporados al Sistema y podrán generar la nueva credencial en el “Nuevo Portal para Monotributistas”.



viernes, 8 de junio de 2018

EMPLEADOS CON PLURIEMPLEO NO DECLARADO - NO INSCRIPCIÓN EN GANANCIAS Y PAGO DE LA DIFERENCIA

Por única vez AFIP no obligará a inscribirse en ganancias a los trabajadores en relación de dependencia que no hayan presentado el F. 572 al 31/03/18 informando su situación de pluriempleo o que habiéndolo presentado, el importe determinado en la liquidación anual 2017 no haya sido retenido en su totalidad por el empleador principal.
Tendrán tiempo hasta el 22/6/2018 para ingresar el impuesto por VEP. 
Sin perjuicio de ellos, esta vigente la obligación de presentar la declaración jurada informativa del impuesto a las ganancias cuando sus ingresos totales superen $ 1.000.000.

viernes, 1 de junio de 2018

PRORROGA EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y BS. PERSONALES 2017 (RG AFIP 4258)

Se corrieron las fechas de los vencimientos de las declaraciones juradas anuales para el periodo 2017
Para los empleados en relación de dependencia que tengan que presentar declaraciones juradas informativas la fecha de vencimiento se paso al 27 de julio de 2018.

Mientras que los contribuyentes inscriptos en el Impuesto a la Ganancia y el Impuesto a la Ganancia Mínima presunta explotaciones unipersonales y sociedades comprendidas en el inciso b) del Artículo 49 de la LIG deberán presentar sus declaraciones juradas determinativas según la terminación de la cuit;



Por otro lado, aquellos que quieran cancelar las obligaciones mediante presentación de un plan de pagos de la RG 4057, podrán adherir al mismo solo hasta el 30 de junio.



lunes, 7 de mayo de 2018

8 MODIFICACIONES EN EL MONOTRIBUTO DESDE JUNIO

A continuación un resumen de las modificaciones:

1) Desde junio solo podrán ser monotributistas las Personas Humanas y las sucesiones indivisas, esto es, ya no podrán incorporarse a las Sociedades Simples (ex sociedades de hecho) ni los Condominios.

2) Queda limitado a un año del fallecimiento del causante la posibilidad de que las sucesiones indivisas, continuadoras de un sujeto monotributistas, tributen como monotributistas o hasta la fecha de la declaratoria de herederos (lo que suceda primero).

3) Se reducen a dos las recategorizaciones anuales, las mismas serán semestrales (junio y diciembre), ya no cuatrimestrales.

4) Se incrementa el importe máximo de ventas de bienes a $ 15.000 (hasta hoy era $2.500).

5) Los monotributistas que venden bienes en las categorías I, J, K ya no tendrán que tener uno, dos o tres empleados, en cada caso, para mantenerse dentro del régimen (era obligatorio hasta esta modificación). 

6) La multa que puede aplicar la AFIP ante la falta de recategorización o ante la incorrecta categorización ahora es del 50% del impuesto integrado y de la cotización previsional que les hubiera correspondido abonar a los monotributistas, antes la multa solo se aplicaba sobre el componente impositivo.

7) El Poder Ejecutivo tendrá la facultad de actualizar el aspecto previsional de la cuota, sin una ley del Congreso.

8) Se autoriza, por única vez, al Poder Ejecutivo para que establezca un aumento sobre el importe a pagar por Obra Social 



MONOTRIBUTO. RECATEGORIZACIÓN. PLAZOS


Desde la última reforma tributaria (Ley 27.430) quedó establecido que la recategorización monotributista será semestral, a partir del 1/6/2018 por lo cual la recategorización del cuatrimestre enero/abril 2018, que vencería en este mes de mayo, será considerada cumplida en término siempre que se realice la recategorización correspondiente al semestre enero/junio 2018 con los plazos y condiciones que disponga la AFIP a tal efecto.

martes, 9 de enero de 2018

CABA. INGRESOS BRUTOS CABA - RÉGIMEN SIMPLIFICADO - RECATEGORIZACIÓN CUATRIMESTRAL

Durante el mes de enero de 2018 debe efectuarse la recategorización en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en caso de corresponder.
Se han modificado las categorías y se han incrementado los valores de las cuotas bimestrales a ingresar. Se establece que podrán ingresar y permanecer en el Régimen quienes hayan obtenido en el período fiscal inmediato anterior ingresos brutos por un total de hasta $ 700.000 (antes $ 400.000).




miércoles, 3 de enero de 2018

572 WEB SIRADIG VENCE EL 31 DE MARZO

AFIP informo que el formulario 572 web Siradig Trabajador con los datos correspondientes al año 2017 se podrá presentar hasta el 31/3/2018, por lo que es de esperar que también sea prorrogada la declaración jurada anual que debe confeccionar el empleador. 

Por su parte, se incrementará a $ 1.000.000 el importe a partir del cual se deben presentar las declaraciones juradas informativas por parte de los trabajadores en relación de dependencia.
 

martes, 2 de enero de 2018