lunes, 29 de julio de 2024

LEY Nº 27743 - REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL PLANES DE PAGO

AFIP reglamentó el régimen de regularización de obligaciones que permite regularizar deudas aduaneras, impositivas y de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024 en cuotas y con condonación de multas e intereses.

El plan ofrece facilidades para monotributistas, micro y pequeñas empresas, y entidades sin fines de lucro. Se prevén hasta 84 cuotas para monotributistas y pequeñas empresas. Las multas se condonarán al 100%.

El plan de pagos podrá confeccionarse hasta el 13 de diciembre de 2024, inclusive.

Tipos de planes

Los planes de facilidades de pago se encuentran agrupados de dos formas:
a) Planes de hasta tres cuotas mensuales, con la mayor condonación de intereses (desde el 70% hasta el 50% según el momento en que se soliciten) cuya tasa de interés de financiación se encontrará definida en función del carácter del contribuyente.
b) Planes de mayor plazo, cuya cantidad máxima de cuotas, tasa de interés de financiación y porcentaje de pago a cuenta se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen, disponiendo de condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y monotributistas.
 
Cuadro de porcentaje de condonación de intereses según el momento de solicitud:
 


 
Detalles del Planes de pago de más de 3 cuotas:



 
Otro de los beneficios principales del régimen es la suspensión de acciones penales. Las multas se condonarán al 100%. Además, se reducen los honorarios de los representantes del fisco en un 50%.


domingo, 14 de julio de 2024

RECATEGORIZACIÓN MONOTRIBUTO JULIO 2024

 Si en los últimos 12 meses tuviste cambios en el desarrollo de tu actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de tus ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, tenés que recategorizarte. 

Hay tiempo hasta el viernes 2 de agosto para hacer el cambio de categoría, de ser necesario. 

Para los que se recategorizan; el valor de la nueva categoría, se pagará a partir del 20 de agosto; por consiguiente para el impuesto de julio deben pagar el importe correspondiente a la categoría que tenían hasta junio.

Para realizar este trámite es necesario informar los ingresos desde el 1º de julio de 2023 y hasta el 30 de junio de 2024.

Nueva escala de categorías:





ESCALA MONOTRIBUTO 08/2024

 AFIP publicó los valores aplicables a los sujetos del Régimen Simplificado Para Pequeños Contribuyentes Monotributo a partir de agosto de 2024, la que ponemos a disposición a continuación;





miércoles, 10 de julio de 2024

Novedades recategorización del monotributo 07/2024

AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo hasta el viernes 2 de agosto. 

Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025.

La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.


La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web de la AFIP. De momento no se puede realizar el trámite hasta que afip ponga a disposición los sistemas.



No dude en consultar sus inquietudes.
Dra. Valeria Pereira

viernes, 7 de junio de 2024

AFIP PRORROGÓ VENCIMIENTOS DE GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

Estimados Clientes;

Si bien aún no se han puesto a disposición de nosotros los profesionales los aplicativos necesarios para cargar las declaraciones juradas a los sistemas; AFIP publicó hoy 7/6/24 la Resolución General 5516/2024 que establece la prórroga de las fechas de vencimiento para realizar la presentación y el pago de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales del período fiscal 2023.

Estas son las nuevas fechas, y se espera en los próximos días, sujeto a la aprobación de la ley bases, tener los aplicativos para poder empezar con las tareas de liquidación y cargas de dichas declaraciones;


Terminación CUIT ----------->  Fecha de presentación y pago

0, 1, 2 y 3 ---------------->  26/08/2024, inclusive

4, 5 y 6  ------------------>  27/08/2024, inclusive

7, 8 y 9  ------------------>  28/08/2024, inclusive





No dude en consultar sus inquietudes.
Dra. Valeria Pereira


jueves, 30 de mayo de 2024

NUEVOS PLAZOS SIRADIG Y VENCIMIENTO GANANCIAS Y BIENES 2023

Afip informó que está a la espera de la aprobación de la Ley Bases y del paquete fiscal enviado al Poder Legislativo por el Poder Ejecutivo, recién cuando esto suceda, se podrán poner a disposición de los profesionales y cámaras empresariales los aplicativos necesarios para la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

Una vez puestos a disposición dichos aplicativos, se procederá a probarlos y se otorgará un plazo razonable para la confección de las presentaciones del año 2023.
El comunicado de la AFIP también indicó que, en los próximos días, y dependiendo del avance del trámite legislativo, se emitirá la norma reglamentaria que modificará los vencimientos originalmente previstos para este mes de junio. 

Mientras tanto mediante la Resolución General 5514/2024 del 29/05/24 se prorrogaron nuevamente los plazos del régimen de retención e información del impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia;

- Nuevo plazo para que el empleado presente Siradig(Form. 572 Web): hasta 30/06/2024.

- Nuevo plazo para que el empleador entregue la liquidación anual (Form. 1357): hasta el 31/07/2024.

- Nuevo plazo para reintegro o retención de ajustes sobre la liquidación anual: hasta 09/08/2024.

- Nuevo plazo para declaración jurada anual informativa ganancias y bienes personales 2023: a definir en los próximos días.


No dude en consultar sus inquietudes.
Dra. Valeria Pereira


jueves, 14 de marzo de 2024

MONOTRIBUTO: Vencimientos 09/10/11/12 de 2023 y 01/02 de 2024

Recuerden que el año pasado Afip había prorrogado la obligación mensual del componente impositivo del Monotributo para los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y enero y febrero de 2024, para los contribuyentes adheridos en las categorías A, B, C y D. 
No olviden que el monotributo tiene tres componentes, que pueden chequear en sus respectivas credenciales, de esos tres componentes, y según el caso, como se dijo, solo se está prorrogando el impositivo, los otros dos debieron abonarse en el mes de trascurso como es habitual.

Por lo dicho, les recuerdo las fechas de pago oportunamente informadas por Afip:



Asimismo, el pago de estos períodos deberá efectuarlo mediante VEP accediendo con clave fiscal a "CCMA - Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos” o a través del Portal Monotributo, o la app mi afip en los celulares.

Por último, cabe mencionar que corresponderá utilizar estos medios de pago, incluso en los casos en que se encuentre adherido al débito directo en cuenta bancaria o débito automático mediante tarjeta de crédito para el cumplimiento de estas obligaciones.