miércoles, 9 de agosto de 2017

CAMBIOS EN EL MONOTRIBUTO

Te adelanto algunos de los cambios que se aproximan para los monotributistas:

* Recategorización de oficio: Desde octubre AFIP recategorizará de acuerdo a los gastos detectados en cada contribuyente. La próxima recategorización voluntaria será el 21 de septiembre. Luego en octubre Afip publicará la nómina de quienes fueron reubicados de oficio por el organismo. La recategorización de oficio le sera comunicada a cada contribuyente para que pueda, de creerlo necesario, objetarla.

Nuevas funciones del portal Monotributo: desde el 15/8 se habilitará "Mis desvíos" portal por el cual el organismo le comunicara al contribuyente las observaciones que tenga para hacerle.  

* Nuevas fechas de recategorización: Las nuevas fechas serán, hasta el 21/9 recategorización y confirmación de categorías F a K. Hasta el 20 de octubre confirmación de las categorías D y E. Hasta el 20 de noviembre confirmación de las categorías B y C. Hasta el 20 de diciembre confirmación de la categoría A.

* Pago del monotributo por medios electrónicos: Desde el 1 de noviembre será obligatorio el pago electrónico del Monotributo para todas las categorías.

Anticipos de Ganancias y Bienes Personales 2017

Afip oficializó las nuevas fechas de vencimientos para los anticipos del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales.

El segundo, tercero, cuarto y quinto anticipo deberá efectuarse en los meses de septiembre, octubre y diciembre de 2017 y en el mes de marzo de 2018 según se indica a continuación:

TERMINACIÓN CUIT        FECHA DE VENCIMIENTO
0, 1, 2 ó 3             Hasta el día 13, inclusive
4, 5 ó 6                Hasta el día 14, inclusive
7, 8 ó 9                Hasta el día 15, inclusive


jueves, 13 de julio de 2017

HASTA EL 21/7 AFIP NO APLICARÁ MULTAS POR GANANCIAS Y BIENES

AFIP estableció que hasta el 21 de julio no cobrará las multas por las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales (personas humanas) que se presenten hasta esa fecha inclusive.

CATEGORÍAS MONOTRIBUTISTAS

Como les comunicamos en otras oportunidades, a partir del día 1 de junio de 2017 los Monotributistas encuadrados en las Categorías F y G, se encuentran obligados a emisión de Factura electrónica, dadas a las reiteradas consultas que recibimos al respecto, actualizamos el cuadro de monotributistas.


viernes, 30 de junio de 2017

PAGO ELECTRÓNICO OBLIGATORIO DE DEUDAS TRIBUTARIAS

Se establece la obligatoriedad de cancelar mediante home banking (eliminándose la posibilidad de su cancelación en efectivo) las siguientes obligaciones, a partir del 1/8/2017:
- Impuesto al valor agregado;
- Seguridad social empleadores (excepto casas particulares);
- Saldos de declaraciones juradas de ganancias para personas humanas y de bienes personales;
- Pagos de cualquier concepto por hasta $ 10.

Por otra parte, se deberán cancelar mediante home banking, débito automático en cuenta u otros medios electrónicos las siguientes obligaciones:
* A partir del 1/8/2017:
- Anticipos de ganancias para personas humanas y de bienes personales;
- Autónomos categorías II y II´.

* A partir del 1/1/2018:
- Autónomos categorías I y I´;

- Resto de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social podrán ser canceladas por otros medios electrónicos diferentes a home banking en la medida que no existan disposiciones que obliguen a utilizar únicamente este sistema.


jueves, 1 de junio de 2017

PRORROGAN VENCIMIENTOS DECLARACIONES ANUALES 2016

Se prorrogan los vencimientos de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta para las personas humanas, el impuesto sobre los bienes personales sobre acciones y participaciones societarias y el impuesto a la ganancia mínima presunta para las personas humanas, explotaciones unipersonales y otras clases de sociedades constituidas en el país (que no sean sociedades de capital) cuyos cierres coincidan con el año calendario. 

También se prorroga la fecha de presentación de las DDJJ informativas que deben presentar los empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores que perciben su remuneración a través de la Asociación Argentina de Actores cuando hayan percibido remuneraciones brutas superiores a $ 500.000 en el año 2016.

En tal sentido, las nuevas fechas de vencimiento son las siguientes:




jueves, 18 de mayo de 2017

SIN EFECTO FACTURACIÓN SIN C.A.I. - MONOTRIBUTO


AFIP estableció que aquellos monotributistas que aún estén utilizando talonarios de facturas impresos antes del 01/11/2014 y por lo tanto sin el código C.A.I. deberán dejar de utilizarlos a partir del 01/6/2017. Debiendo anular con leyenda clara los de ese tipo que le quedasen sin utilizar