martes, 27 de julio de 2021

AFIP REGLAMENTA LA LEY DE ALIVIO FISCAL PARA MONOTRIBUTISTAS

AFIP reglamentó los beneficios para monotributistas a través del Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal.

Estos son los cambios más salientes:

- Se establecen nuevos valores del parámetro de ingresos brutos, aplicables a partir del 1/7/21 para recategorización de los contribuyentes.

- Se establece un plan de pagos para deudas en hasta 60 cuotas, según la categoría del contribuyente, para obligaciones vencidas hasta el 30/6/21. El plan contempla condonación de intereses y multas. El servicio para adherirse estará disponible del 6 de agosto hasta el 30 de septiembre.

- Los contribuyentes inscriptos en el monotributo al 30 de junio y que a dicha fecha fueron excluidos, podrán ejercer la opción de permanencia en el régimen simplificado entre los días 1 y 30 de septiembre, abonando una “cuota adicional” que varía según la categoría en la que se encuentren registrados, entre otros requisitos.

- Se permitirá la reformulación de planes vigentes al 22 de julio de 2021.


No dude en consultar sus inquietudes.

Dra. Valeria Pereira

sábado, 17 de julio de 2021

NOVEDADES MONOTRIBUTO JULIO Y AGOSTO 2021

El Senado sancionó por unanimidad el proyecto que modifica el Monotributo.

Estos son los puntos salientes:

- Los montos de las cuotas mensuales de enero a junio de 2021 se deberán retrotraer a los valores vigentes a diciembre de 2020. NO SE DEBERÁ PAGAR DIFERENCIAS POR CUOTAS YA ABONADAS.

- Se actualiza nuevamente a partir del primero de julio de 2021 los parámetros previsto para el encuadramiento de cada categoría, se publicará una nueva tabla. Las nuevas categorías estarán vigentes entre el 1º de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.

- Se deberán realizar una nueva recategorización con parámetros diferentes a los utilizados para la recategorización de enero 2021 y para la modificación de datos de junio 2021. La recategorización estará habilitada del 28 de julio al 18 de agosto.

-Se establece un mecanismo alivio fiscal para los que hayan sido excluidos a hayan renunciado al régimen al 30 de junio de 2021.

- Se establece un plan de pagos para las obligaciones de corresponden a infracciones cometidas al 30 de junio de 2021 y se estipula la extensión y/o condonación de intereses multas y sanciones.

- El vencimiento de la obligación mensual de agosto se postergará hasta el 27 de agosto. Si el pago se realiza por débito automático, la operación se hará ese día.


No dude en consultar sus inquietudes.


Dra. Valeria Pereira

viernes, 2 de julio de 2021

MONOTRIBUTO: ¿QUÉ PASARÁ CON LA RECATEGORIZACIÓN DE JULIO 2021?

AFIP no habilitó todavía la recategorización correspondiente al mes de julio de 2021 para los monotributistas.

Según dejo trascender el organismo el procedimiento estaría habilitado una vez que se aprueben las modificaciones que están pendientes en la Cámara de Senadores (Diputados ya le dió media sanción). 

Resumiendo, la recategorización del mes de julio se encuentra sin habilitar hasta que exista una sanción del proyecto, no habiendo fecha cierta para ello.

​Estaré informando cuando se sepan los nuevos plazos.​


FACTURA "A" A MONOTRIBUTISTA

El Decreto 337/21 establece que los responsables inscriptos en el IVA que efectúen ventas gravadas a Monotributistas deberán discriminar en la factura el IVA de la operación a partir del 1 de julio de 2021. Esto quiere decir que los responsables inscriptos en IVA deben emitir comprobantes "A" a los monotributistas. Estas modificaciones deberán ajustarse para la emisión de comprobantes a través de Web Services, Controladores Fiscales (de vieja o nueva tecnología), Facturas manuales y Factura Electrónica “Comprobantes en Linea”.


La RG 5003/21 también introduce la obligación de que los comprobantes emitidos a monotributistas deberán contener la leyenda: ‘El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618’. Dicho régimen es el que armoniza la transición hacia el régimen general.


Recientemente, la RG 5022/21 establece un procedimiento de aplicación transitoria hasta el 31/12/21 para aquellos contribuyentes responsables inscriptos, que hayan tenido dificultades en la implementación de las adecuaciones sistémicas requeridas para emitir comprobantes clase “A” por sus operaciones con sujetos adheridos al monotributo; permitiendo que mientras avanzan con el proceso de adaptación de sus sistemas de facturación, los responsables Inscriptos en IVA emitan facturas tipo B a los monotributistas incorporando al comprobante la leyenda “Receptor del comprobante - Responsable Monotributo”.