AFIP publicó los valores aplicables a los sujetos del Régimen Simplificado Para Pequeños Contribuyentes Monotributo a partir de enero de 2023, la que ponemos a disposición a continuación;
viernes, 30 de diciembre de 2022
lunes, 11 de julio de 2022
RECATEGORIZACIÓN MONOTRIBUTO JULIO 2022
Si en los últimos 12 meses tuviste cambios en el desarrollo de tu actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de tus ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, tenés que recategorizarte.
Dra. Valeria Pereira
ESCALA MONOTRIBUTO 07/2022
AFIP publicó los valores aplicables a los sujetos del Régimen Simplificado Para Pequeños Contribuyentes Monotributo a partir de julio de 2022, la que ponemos a disposición a continuación;
Dra. Valeria Pereira
miércoles, 5 de enero de 2022
RECATEGORIZACIÓN MONOTRIBUTO ENERO 2022
Si en los últimos 12 meses tuviste cambios en el desarrollo de tu actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de tus ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, tenés que recategorizarte. Por el contrario, si no tuviste cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de tu actividad, no tenés que hacer ningún trámite y queda por entendido que te corresponde seguir en la misma categoría.
Contribuyentes cumplidores 2022
Requisitos
- Poseer Domicilio Fiscal Electrónico
- Mantener actualizado el domicilio fiscal
- Mantener actualizado el código de la actividad desarrollada
- Estar inscripto en el Monotributo o en el impuesto a las ganancias al 11 de noviembre de 2021 y al momento de la solicitud del beneficio
- Haber presentado todas las declaraciones juradas de los períodos fiscales iniciados desde el 1/1/18 y hasta el 11/11/21
- No tener deudas líquidas y exigibles al 11/11/2021 por obligaciones impositivas, aduaneras o previsionales, correspondientes a los períodos fiscales iniciados desde el 1/1/2018
- Tener la CUIT activa y sin limitaciones
Categoría del Pequeño Contribuyente: | Períodos fiscales a eximir: |
Categorías A y B | Enero de 2021 a junio de 2021 |
Categorías C y D | Enero de 2021 a mayo de 2021 |
Categorías E y F | Enero de 2021 a abril de 2021 |
Categorías G y H | Enero de 2021 a marzo de 2021 |
Categorías I, J y K | Enero de 2021 a febrero de 2021 |
- Deducción especial en el período fiscal 2021: Podrá ser aplicada por personas humanas y sucesiones indivisas, quienes tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% de la ganancia no imponible del período.
- Amortización acelerada: Podrá ser aplicada por personas jurídicas que revistan la condición de micro y pequeñas empresas.