miércoles, 5 de enero de 2022

Contribuyentes cumplidores 2022

Requisitos

  • Poseer Domicilio Fiscal Electrónico
  • Mantener actualizado el domicilio fiscal
  • Mantener actualizado el código de la actividad desarrollada 
  • Estar inscripto en el Monotributo o en el impuesto a las ganancias al 11 de noviembre de 2021 y al momento de la solicitud del beneficio
  • Haber presentado todas las declaraciones juradas de los períodos fiscales iniciados desde el 1/1/18 y hasta el 11/11/21
  • No tener deudas líquidas y exigibles al 11/11/2021 por obligaciones impositivas, aduaneras o previsionales, correspondientes a los períodos fiscales iniciados desde el 1/1/2018
  • Tener la CUIT activa y sin limitaciones
Beneficios  para Monotributistas

Específicamente para los Monotributistas, la RG (AFIP) 4855 estableció la eximición del componente impositivo a partir del período fiscal enero 2022 y por determinados meses, según la categoría en la que se encuentre registrado el sujeto beneficiario al 26/8/2020.
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Categoría del Pequeño Contribuyente:Períodos fiscales a eximir:
Categorías A y B Enero de 2021 a junio de 2021
Categorías C y DEnero de 2021 a mayo de 2021
Categorías E y F Enero de 2021 a abril de 2021
Categorías G y H Enero de 2021 a marzo de 2021
Categorías I, J y KEnero de 2021 a febrero de 2021

Beneficios en el impuesto a las ganancias

  • Deducción especial en el período fiscal 2021: Podrá ser aplicada por personas humanas y sucesiones indivisas, quienes tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% de la ganancia no imponible del período.
  • Amortización acelerada: Podrá ser aplicada por personas jurídicas que revistan la condición de micro y pequeñas empresas.

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