martes, 2 de enero de 2024

DEVOLUCIÓN DE PERCEPCIONES DE GANANCIAS Y BS. PERSONALES

AFIP ya permite solicitar la devolución de percepciones del año 2023 del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales tanto por la compra de moneda extranjera, como por los gastos en el exterior. No existe plazo de vencimiento para la solicitud. Así se recuperan las retenciones según las características de cada contribuyente - Empleados que no tengan retenciones de ganancias en sus recibos de sueldo durante 2023 y que tampoco estén dados de alta en dicho impuesto: Desde “Devolución de Percepciones”, con transferencia a CBU. - Empleados que tengan retenciones de Ganancias en sus recibos de sueldo 2023: deben informar las percepciones en el SIRADIG para que el empleador sea quien se las devuelva. - Contribuyentes inscriptos en el impuesto (empleados o autónomos): Deben computar las percepciones en la declaración jurada anual a presentar a mediados de año. Es importante destacar que las percepciones practicadas entre el 23/11 y 13/12 se van a computar en la siguiente DDJJ con vencimiento en 2025. De considerar necesario este trámite comunícate conmigo por las vías que ya conoces.

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